lunes, febrero 11, 2008
Más de 25.000 empresas se beneficiarían con la reforma a la Ley de Hábeas Data
La nueva norma posibilitaría a las personas físicas o compañías, que se endeudaron en el momento de la crisis, acceder nuevamente al crédito quedando liberados de estar informados como deudores. Expertos explican los alcances de la reciente disposición. Cómo rectificar datos erróneos
La reciente modificación a la Ley de Hábeas Data podría beneficiar a 25.015 empresas que se endeudaron entre el año 2001 y 2003.
Sucede que hasta el momento estas compañías se mantienen como deudoras y, por efecto de la nueva ley, dejarían de figurar automáticamente en los asientos de las empresas que prestan información crediticia en caso de pagar sus deudas o regularizarlas en los próximos 180 días.
La importancia de la reforma es significativa: los deudores no alcanzados por la modificación permanecerán dos años más en los registros luego de cancelar sus pasivos, mientras que los morosos beneficiados (aquellos comprendidos entre los años 2000 y 2003) serán blanqueados automáticamente siempre que paguen en las condiciones fijadas en la nueva ley.
Expertos aseguran que la medida será un aliciente para las 25.000 empresas que, de honrar sus deudas, podrían acceder inmediatamente a nuevas líneas de crédito.
El Banco Central comenzará a enviar en estos días las circulares a los bancos y entidades del sistema financiero para que individualicen a quienes cumplan con esta normativa y así se ponga en marcha el blanqueo.
Según la ley 26.343 -que modificó el régimen de Hábeas Data-, “los bancos de datos destinados a prestar servicios de información crediticia deberán eliminar y omitir el asiento en el futuro de todo dato referido a obligaciones y calificaciones asociadas de las personas físicas o jurídicas cuyas obligaciones comerciales se hubieran constituido en mora durante el período comprendido entre el 1º de enero del año 2000 y el 10 de diciembre de 2003”.
Esto es así en tanto y en cuanto “esas deudas hubieran sido canceladas o regularizadas al momento de entrada en vigencia de la presente ley o lo sean dentro de los 180 días posteriores a la misma”.
Roberto Mónaco, presidente de Fidelitas -empresa que brindó los datos- dijo que está de acuerdo con la nueva normativa siempre y cuando el deudor pague y refinancie la deuda.
Aunque Mónaco, que además preside la Cámara de Empresas de Información Comercial (CEIC), consideró que esta reforma tendría que haber salido un tiempo antes, así muchas más empresas podrían haberse beneficiado accediendo al crédito en forma más rápida.
Distintas categorías de morosos
Los bancos, fideicomisos, tarjetas de crédito informan la existencia de la deuda y califican al deudor de 1 a 6 directamente al Banco Central, éste luego publica los datos de los que se nutren las empresas de informes comerciales.
Así, de acuerdo con la gravedad del incumplimiento, se clasifican en: normal, riesgo potencial, con problemas, con alto riesgo de insolvencia, irrecuperable e irrecuperable por disposición técnica.
Cómo salir de los informes
Lo primero que hay que hacer para poder salir de las listas de las empresas de informes comerciales es ejercer el "derecho de acceso", que consiste en que la persona interesada solicite a una de estas empresas que brinde la información que tiene acerca de ella.
Ese derecho está reconocido en la Ley de Hábeas Data y esa información tiene que ser brindada por las empresas en forma gratuita.
Una vez que el interesado obtiene los datos, y para el caso de comprobar que existiere algún error, falsedad o desactualización, tiene el derecho a solicitarle a la empresa de informes comerciales que rectifique, modifique, complete o suprima la información, acreditando el fundamento en el que se basás para exigirlo.
Por ejemplo, si una persona aparece informada por una deuda con un banco o una tarjeta de crédito y tiene en su poder el comprobante de pago, la proveedora de informes tiene que rectificar la información en un plazo máximo de cinco días.
Es importante tener presente que en gran cantidad de casos el error en la información no es responsabilidad de la empresa de informes comerciales sino de la entidad financiera que divulgó esa información, explica Gustavo Tanús, abogado experto en protección de datos personales.
Para el especialista, el objetivo que se propuso el legislador con esta normativa es tratar de ayudar a que la gente que se endeudó en el período de crisis y honró sus deudas pueda acceder nuevamente al crédito, al quedar liberada de la carga que implica estar informado negativamente por una central de información crediticia.
Aunque Tanús aclara que, si se hubiese sancionado antes mucha gente hubiese quedado "limpia" con anterioridad.
Esta ley realmente impacta sobre las personas que se endeudaron entre el período 2000-2003 y cancelaron sus deudas a partir del mes de enero de 2006 o las van a cancelar hasta el mes de julio de 2008, ya que antes de la ley la información referida al pago podía seguir figurando durante dos años, y a partir de la nueva normativa tiene que ser eliminada.
En cambio, agrega Tanús, para las personas que cancelaron sus deudas con anterioridad al mes de enero de 2006, la ley es intrascendente, ya que a la fecha de su sanción ya se habían cumplido los dos años previstos por la norma como derecho al olvido de las deudas canceladas.
Gabriel Martínez Medrano, experto en hábeas data, coincide en que la reforma es positiva y concluye que permite reinsertar al mercado del crédito a las empresas o personas que cayeron en default durante la crisis que sufrió el país.
Daniela San Giovanni
©infobaeprofesional
Fuente: http://www.infobaeprofesional.com/notas/61377-Mas-de-25000-empresas-se-beneficiarian-con-la-reforma-a-la-Ley-de-Habeas-Data.html
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3 comentarios:
Excelente espacio de informacion y divulgacion.
La verdad que tu informacion es muy util, lo que hace de este espacio, sumada a la gran exposicion de noticias de actualidad, un lugar para venir mas seguido. Gracias Alejandro !!
Gracias Borja por tu comentario. Espero estar a la altura de las circunstancias.-
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