viernes, abril 15, 2011
Desmantelan en EEUU una red de robo de datos por Internet
lunes, octubre 04, 2010
El 95% de los jóvenes no cree en los riesgos de Internet

martes, agosto 18, 2009
Google deberá revelar la identidad de un bloguero que insultó a una modelo

La modelo neoyorquina Liskula Cohen está cada vez más cerca de saber quién se encuentra detrás del blog 'Skanks in NYC' ('Putas en Nueva York'), en el que se han colgado fotografías suyas acompañadas de palabras ofensivas de la jerga popular con la que se refieren a las prostitutas en inglés.
"Espero de verdad que no se trate de alguien que conozca", aseguró al diario la modelo de 27 años, que ha aparecido en revistas tan conocidas como 'Vogue', después de conocer la orden de la juez Joan Madden de obligar a Google, que alberga el blog a través de su servicio Blogger.com, a desvelar la identidad de su autor.
La juez asegura en su auto judicial que la modelo tiene derecho a saber quién le dirige insultos a través de un blog cuya "idea principal es que Cohen es una mujer promiscua", a quien el autor llega a referirse como "una prostituta dispuesta a practicar sexo oral".
"¿Qué edad tiene esta puta? ¿Cuarenta y tantos? Es una puta psicótica y mentirosa que a su edad aún frecuenta discotecas", es uno de los comentarios que se dedicaban desde ese espacio web a Cohen, quien dice haber notado las consecuencias en su carrera profesional de modelo.
Difamación a través de la Red
"Las normas contra la difamación en la Red son las mismas que en el mundo real", dijo el abogado de Cohen, Steven Wagner, quien espera que la decisión judicial mande un mensaje a los blogueros y a cualquiera que utilice el anonimato de internet "para difamar cobardemente".
El autor de 'Skanks in NYC' ha luchado desde principios de 2009, cuando la modelo inició el proceso legal para eliminar el blog y presentar una demanda de difamación, para mantener su anonimato, por lo que ha sido representado en los juzgados de Nueva York por su abogada.
"Las compuertas se abrirán si se tratan de regular este tipo de insultos, que son muy comunes y se encuentran muy extendidos en Internet", dijo la letrada que representa al bloguero, Anne Salisbury, quien aseguró que "se puede ser mezquino, pero no se puede mentir sobre una serie de datos que puedan probarse como falsos".
lunes, noviembre 03, 2008
¿Sabe Facebook demasiado sobre sus usuarios?

La Agencia Española de Protección de Datos advierte de que los riesgos para la seguridad son "muy importantes". -Un equipo de la BBC consiguió datos de varios usuarios de una red social A Kyle Doyle su cuenta de Facebook le ha salido cara. Este teleoperador de Sydney de 21 años decidió hace poco tomarse un día libre. "Una baja por razones médicas", le dijo a su jefe, en un email. Pero era mentira. El chico entró en su perfil de Facebook, una de las mayores redes sociales de Internet, y le contó a todos sus amigos cómo le había tomado el pelo a su superior, según recogía el diario The Guardian la semana pasada. Su frase de presentación rezaba así: "Kyle Doyle is not going to work, fuck it I'm still trashed. SICKIE WOO!" (Kyle Doyle no va a ir a trabajar, a la mierda. Todavía estoy de resaca. ¡Toma baja laboral!). El único problema es que entre sus amigos de Facebook estaba su propio jefe, que vio el mensaje y descubrió el engaño. Su metida de pata dio la vuelta a la blogosfera.
La empresa teleoperadora australiana niega que tal intercambio de correos electrónicos haya sucedido pero de cualquier modo el caso sirve como ejemplo del riesgo potencial para la privacidad que conllevan las redes sociales. Estos proveedores de servicios, como Facebook, MySpace y Hi5, entre otros, permiten que los usuarios compartan con sus amigos anécdotas, aficiones, fotografías y vídeos. Todo este volumen de información personal disponible en la Red ya ha alertado a las autoridades de protección de datos. "El auge de estos servicios ha propiciado un nivel sin precedentes de divulgación de información personal y fotografías", advierte una resolución aprobada por las autoridades de protección de datos de 37 países, entre ellas la Agencia Española de Protección de Datos, emitida recientemente en la 30ª Conferencia Internacional de Privacidad, celebrada en Estrasburgo.
Es un volumen de datos personales que estaría "disponible para toda una comunidad de usuarios, que pueden acceder a millones de ellos", añade el comunicado. Los riesgos para la privacidad son "muy importantes", según ha advertido Artemi Rallo, director de la Agencia Española de Protección de Datos. Rallo avisa de que el usuario medio ignora los riesgos y que las políticas de privacidad no suelen servir de mucho, porque no se suelen leer ni entenderse. De hecho, incluso algunas redes sociales reconocen sin ambages el riesgo para la privacidad. Es el caso de la red social Hi5, que indica en su política de privacidad que "ninguna compañía, incluyendo a Hi5, puede eliminar totalmente los riesgos de seguridad asociados con la información personal".
El usuario suele introducir en su cuenta de la red social todo tipo de datos personales: nombre, fecha de nacimiento, número de teléfono y dirección, y hasta formación académica y gustos musicales. En principio estos servicios suelen garantizar que es el usuario el que decide quién puede acceder a su perfil. Sin embargo, la resolución incide en que existe el riesgo de que esa información se filtre fuera de la red social cuando es indexada por los buscadores y que sea accesible para cualquiera. Es decir, que podría darse el caso de que buscando a través de Google se pudiera acceder a los datos personales de los usuarios. (De hecho, introduciendo el nombre de un miembro de Facebook en el buscador se puede ver su foto personal y la lista de sus amigos).
Algunas redes son tajantes en esta cuestión. Desde Tuenti, que cuenta con más de 3,3 millones de usuarios en España, aseguran que sus cuentas están cerradas al tráfico de los buscadores. "A diferencia de otras redes sociales, Tuenti es estanco a los buscadores: lo que ocurre en Tuenti se queda en Tuenti y no es indexado por ningún motor de búsqueda", explica Ícaro Moyano, portavoz de Tuenti. "Ni los perfiles, ni las fotos, ni los datos, ni la información personal de nuestros usuarios está disponible desde fuera de Tuenti", añade.
Abusos con la información personal
Hacer pública toda esta información puede dar lugar a diversos abusos. Desde la suplantación de personalidad a que sea utilizada por los servicios de recursos humanos para seleccionar a los candidatos a un puesto de trabajo, según señala la resolución de las agencias de protección de datos. Otro de los grandes riesgos potenciales es que "los propios proveedores de servicios de las redes sociales utilicen la información de sus usuarios para emitir mensajes de márketing personalizado a sus usuarios". La red social se convierte así en un caladero perfecto para las empresas anunciantes, que disponen de unos datos valiosísimos para personalizar sus anuncios. No en vano, en Facebook están presentes 100.000 pequeños anunciantes y se publicita el 66% de las grandes empresas de Estados Unidos.
En España, donde por ejemplo Facebook cuenta con 1,4 millones de miembros, no hay constancia de ningún problema de privacidad con las redes. En la Agencia Española de Protección de Datos señalan que no han recibido ninguna queja, pero el director de la agencia, Artemi Rallo, ya ha anunciado que, dado el considerable riesgo potencial, tanto en Europa como en España se ha iniciado un ambicioso análisis sociológico y tecnológico de las redes sociales. El objetivo: buscar controles que garanticen la protección de los usuarios; con una atención especial para los menores. La agencia también aconseja iniciar la educación de los jóvenes en el uso de las redes sociales.
Instrumentos sutiles
Algunos especialistas indican que uno de los detalles que los usuarios deben tener en cuenta son las aplicaciones a las que acceden dentro de las redes sociales. El caso más claro es el de Facebook, que incluye un amplio abanico de aplicaciones, como juegos de preguntas, encuestas sobre gustos musicales o cinematográficos, clubs de fans, y un largo etcétera. Para acceder a muchos de ellos el usuario debe consentir el acceso a sus datos personales. Pero los creadores de estas aplicaciones son externos a Facebook, por lo que el dueño de la cuenta está cediendo sus datos a un desconocido. No es ninguna hipótesis. Un equipo de la página web de la BBC demostró hace unos meses las grietas de seguridad de Facebook. En un par de horas crearon un aplicación y la introdujeron en la red social (algo que puede hacer cualquiera con ciertos conocimientos de programación). Consiguieron sin problemas los datos de varios usuarios y los de sus listas de amigos.
En Facebook aseguran que cuentan con un servicio que se encarga de localizar los programas que vulneran las condiciones para retirarlos. Uno de los especialistas consultados por la BBC, sin embargo, se muestra reticente ante las garantías que ofrece esta red social. Facebook se ha cubierto las espaldas sobre posibles acciones legales pero "moralmente, se ha comportado con ingenuidad", indicó a la website británica Paul Docherty, director técnico de Portcullis Security, que asesora a varios gobiernos en cuestiones de seguridad en asuntos de tecnologías de la información. "Facebook necesita cambiar sus configuraciones por defecto y estrechar su seguridad. Aun así, incide en que será difícil garantizar la seguridad del sistema actual porque ya circulan demasiadas aplicaciones creadas desde fuera de la red".
En conclusión, las redes sociales plantean unos riesgos potenciales que sólo empiezan a entreverse. Ante esta circunstancia, la Resolución de las agencias de protección de datos advierten de que "es muy probable que el futuro surjan otros usos no esperados de la información contenida en los perfiles de los usuarios".
Recomendaciones a los proveedores de redes socialesAdemás de cumplir la legislación sobre protección de datos, deben aplicar los siguientes puntos:
1. Deben respetar las normas de privacidad de los países en los que operen.
2. Deben informar de manera clara e inteligible sobre las posibles consecuencias de publicar información personal propia o de otras personas.
3. Deben permitir una restricción completa de la visibilidad de los perfiles y de sus datos.
4. Las configuraciones por defecto (las que no necesitan que el usuario las active) deben respetar la protección de los perfiles (sobre todo, con los menores).
5. Deben seguir mejorando la seguridad de sus sistemas de manera constante.
6. Deben garantizar que los usuarios puedan acceder y corregir sus datos personales.
7. Deben permitir que los usuarios puedan eliminar toda la información publicada en su perfil de una manera sencilla.
8. Deben permitir el uso de perfiles con seudónimo y fomentarlo.
9. Deben impedir la descarga de datos por parte de terceros.
10. Deben garantizar por defecto que los perfiles no sean indexados en motores de búsqueda sin el consentimiento del usuario.
URL:http://www.elpais.com/articulo/tecnologia/Sabe/Facebook/demasiado/usuarios/elpeputec/20081101elpeputec_4/Tes
domingo, julio 27, 2008
Condenado a 21.500 euros por suplantar una identidad en Facebook

LONDRES - Un antiguo compañero de un hombre de negocios británico ha sido condenado por el Alto Tribunal de Londres a indemnizarle con 17.000 libras esterlinas, alrededor de 21.500 euros, por publicar en la red social Facebook un falso perfil con fines difamatorios.
La corte ha acordado que Grant Raphael tendrá que pagar 15.000 libras, unos 19.000 euros, por difamación, otras 2.000 libras —2.500 euros— por violación de la vida privada. Además, su sociedad tendrá que abonar 5.000 libras, alrededor de 6.300 euros, a Mathew Firsht, el demandante.
Raphael y Firsht eran amigos de infancia, pero se separaron y el primero creó en la red social un perfil en el que aseguraba que Firsht era homosexual y le incluyó en grupos como 'Judíos gays en Londres'. Los perfiles fueron eliminados por Facebook una vez que lograron localizarlos.
Lorna Skinner, la abogada de Firsht, aseguró en una audiencia del caso que la información incluía detalles ciertos de su defendido como su fecha de cumpleaños pero una ideología política falsa, por lo que algunos de sus datos personales quedaron al descubierto.
El condenado llegó incluso a crear un grupo bajó el nombre '¿Te ha mentido Matthew Firsht?' según informa 'The Guardian'
Asimismo, aseguró durante el juicio que debía grandes cantidades de dinero a su sociedad, lo que el juzgado calificó como poco creíble desde un punto de vista financiero. Firsht atribuyó los hechos a un desacuerdo comercial con su antiguo amigo.
URL:http://news.bbc.co.uk/2/hi/uk_news/7523128.stm
martes, mayo 13, 2008
Defensa del consumidor: empresas en la mira por manejo de datos de clientes

Tras la reciente modificación a la Ley de Defensa del Consumidor (LDC), los especialistas advierten que frente a la inexactitud o falsedad de datos personales, siempre y cuando hayan sido obtenidos por las empresas a partir de una relación de consumo, esta situación habilitaría a los damnificados a solicitar millonarias multas por daños punitivos establecidas en esa ley.
Hasta el pasado 7 de abril, si una empresa realizaba malas prácticas respecto a los datos personales archivados en su base de datos, el damnificado podía hacer la denuncia ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP), como así también plantear la acción judicial de habeas data, solicitando la rectificación y una indemnización por el daño causado por la empresa.
Este tema puede convertirse en una de las mayores preocupaciones de los empresarios, indicó Facundo Malaureille Peltzer, socio del Estudio Salvochea Abogados. "El derecho es uno sólo y existe una estrecha relación entre la Ley de Protección de Datos Personales y la LDC. Ambas normativas protegen al titular del dato-consumidor, y en caso de duda, prevalecerá la norma más favorable al usuario", aclaró el especialista.
El resarcimiento del dañoAsí, en el caso de que haya una relación de consumo entre una empresa y un usuario, donde se encuentren comprometidos datos personales del cliente, podría aplicarse esa ley, tal como señaló Federico García Marcos, de Muñoz de Toro Abogados. Como ejemplo, el abogado dijo que si una persona solicita un informe a una entidad que evalúa los riesgos crediticios sobre su propia situación y éste resulta inexacto, el titular de tales datos -consumidor del servicio- podría:
Requerir a la entidad la rectificación, supresión o actualización de la información errónea de conformidad con la Ley 25.326 de Habeas Data y
Considerar afectados sus derechos como consumidor y, eventualmente, reclamar los daños directos y punitivos reglados en la Ley de Defensa del Consumidor.
En la misma línea, Malaureille Peltzer, enfatizó que "los titulares de datos, en cuanto sean afectados por informaciones inexactas, podrán recurrir a las herramientas administrativas y judiciales accesibles para los consumidores, pudiendo inclusive solicitar la aplicación de las multas o daños punitivos contemplados en la LDC". Qué pueden hacer las empresasFrente a este nuevo panorama, Luis Sprovieri, socio del estudio Baker & McKenzie, dijo que las empresas proveedoras de datos poco pueden hacer para evitar la fuente del problema, esto es, ser consideradas prestadoras de un servicio dentro de una relación de consumo. Los bancos de datos vienen desde hace tiempo alegando que la información se obtiene de fuentes públicas; este sería un buen argumento para tratar de no quedar encuadrado en una relación consumo, explicó el abogado.Los especialistas recomiendan que todas las empresas que tratan datos revean sus procesos de negocios para verificar que los mismos se ajustan a la normativa vigente y se tomen las medidas necesarias para dar cumplimiento a las leyes de protección de datos personales, demás normas de seguridad de datos, y defensa del consumidor.Nuevo impulsoLos especialistas indican que la reciente reforma a la LDC puede ser un estímulo para que las empresas que manejan bancos de datos personales decidan cumplir con la Ley de Habeas Data. Así, Malaurielle Peltzer aclaró que quizás la nueva ley resulte el último impulso que la normativa de datos personales necesita en la Argentina para que las empresas no resistan más su aplicación y "hagan sus deberes". De lo contrario, concluyó el abogado, las compañías podrían quedar expuestas a acciones judiciales, sabiendo que será una irresistible tentación el techo de cinco millones de pesos fijado como resarcimiento por daños punitivos, por el que se beneficia a los titulares de datos y consumidores.La eventual aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor se ve reforzada ya que ella misma prevé que las relaciones de consumo se rigen por su régimen, sin perjuicio de que el proveedor, por la actividad que desarrolle, esté alcanzado por otra normativa específica. (en el caso la Ley de Habeas data).También ratifica la aplicación de aquella ley la disposición por la cual, en caso de duda sobre la interpretación de los principios que establece, prevalecerá la más favorable al consumidor.
Fuente: http://abogados.infobaeprofesional.com/notas/65988-Defensa-del-consumidor-empresas-en-la-mira-por-manejo-de-datos-de-clientes.html?cookie
miércoles, abril 30, 2008
LendingTree reconoce una filtración de datos de clientes

NUEVA YORK - Lending Tree LLC, una unidad de créditos online del conglomerado de Internet IAC/InterActivCorp, propiedad de Barry Diller, ha reconocido una filtración de datos en la que varios antiguos empleados les dieron a acceso a entidades de crédito a los registros confidenciales de los clientes.
En una carta del 21 de abril a sus clientes, LendingTree dijo que un "puñado" de acreedores había conseguido acceso a información de los clientes, en concreto a sus números de seguridad social, sus ingresos o su historial de empleo, y lo utilizaron para promocionar sus propias hipotecas.
La empresa dijo creer que los prestamistas habían accedido a esa información entre octubre de 2006 y principios de 2008. El lunes aún no se había confirmado cuándo supo la compañía de la filtración, o cuántos clientes se habían visto afectados.
Lending Tree, con sede en Charlotte, Carolina del Norte, EEUU, indicó que no creía que la filtración tuviese consecuencias como fraudes o robo de identidades.
También apuntó que está colaborando con las autoridades en su investigación, ha demandado a las personas implicadas y ha reforzado su sistema de seguridad.
Lending Tree cobra cuotas por poner en contacto a las personas que solicitan préstamos con las ofertas de diferentes entidades. IAC ha anunciado que intentará convertir LendingTree en una empresa separada este año.
URL:http://es.noticias.yahoo.com/rtrs/20080429/tbs-internet-datos-filtracion-a0280fe.html
miércoles, abril 09, 2008
Google defiende su política de datos frente al informe de la UE

SAN FRANCISCO, EEUU - Google ha defendido su política de conservar los datos de los usuarios web durante hasta 18 meses como una vía para mejorar los resultados de las búsquedas, respondiendo así al informe de la UE que no veía necesidad de que los buscadores guarden datos personales más allá de seis meses.
Un grupo de comisarios de protección de datos de la Unión Europea hallaron que el seguimiento de las direcciones y las 'cookies' en los ordenadores son información personal que los servicios de búsqueda deberían proteger más.
El conjunto de recomendaciones de cómo deberían aplicarse las leyes de protección de datos a los buscadores web fue publicado el viernes y puede encontrarse en http://tinyurl.com/5yukzm.
El texto del llamado Grupo de Trabajo del Artículo 29 pide una mayor notificación al usuario y advierte a los servicios de búsqueda de que quebrantar las recomendaciones podría incurrir en la ilegalidad.
Las 'cookies' son pequeños fragmentos de texto que marcan las idas y venidas de los usuarios por los sitios web. Se usan mucho por los sitios comerciales para hacer más cómoda la navegación y los anunciantes las emplean para medir las audiencias. Pero también plantean preocupaciones sobre la privacidad debido al potencial para rastrear el comportamiento del usuario.
"El Grupo de Trabajo cree que los motores de búsqueda, en su papel de recolectores de datos, han explicado hasta ahora poco sobre la naturaleza y el propósito de sus operaciones a los usuarios de sus servicios", dice el texto.
"El Grupo de Trabajo no ve base para retener (los datos) más de seis meses", concluye el estudio.
En un comunicado emitido el lunes, Peter Fleischer, asesor de privacidad de Google, dijo que su compañía no estaba de acuerdo con los puntos clave del informe y argumentó que las políticas de privacidad deben equilibrarse con los esfuerzos de hacer los servicios web más fáciles de usar.
"Creemos que las solicitudes de retención de datos tienen que tener en cuenta la necesidad de proporcionar productos de calidad y servicios para los usuarios, como resultados de búsqueda adecuados, así como la seguridad del sistema y las preocupaciones de integridad", dijo Fleischer.
El informe de la UE asegura que los argumentos sobre los servicios mejorados pueden encubrir otros usos que van más allá de las razones originales por la que los datos fueron recopilados.
Los servicios web de Google generan montañas de datos de usuarios más o menos anónimos que se almacenan de forma segura en grandes centros de datos. Los ingenieros de la firma estudian regularmente esos datos para ver cómo mejorar los servicios.
Aunque las compañías de Internet han almacenado datos sobre los usuarios durante años, Google tomó la iniciativa de limitar el tiempo de conservación de esos datos a 18 meses.
URL:http://www.reuters.com/article/internetNews/idUSN0731190420080408
jueves, abril 03, 2008
Los españoles se preocupan por sus datos, pero no los protegen

Artemi Rallo, responsable de este organismo público, comentó el miércoles los datos presentados en marzo por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) en su barómetro de febrero de 2008.
"Lo más llamativo para nosotros es que más del 70 por ciento de los ciudadanos se muestra preocupado por la protección de datos y el uso de la protección personal", indicó Rallo.
Otro de los aspectos recogidos en la encuesta es la persistencia de la publicidad en forma de correos basura -"un mal de nuestro tiempo", en palabras de Rallo -, así como en mensajes o llamadas por parte de empresas a las que los encuestados creen no haberles dado sus datos, algo que le ocurre al 68,2 por ciento de los españoles.
Sin embargo, este último extremo - la creencia de que no se han proporcionado estos datos - contrasta con el hecho de que el 56,1 por ciento ignora o pasa por alto la casilla a este respecto incluida en los formularios que recogen datos personales, un dato que Rallo califica de "descorazonador".
Esa costumbre se repite en la Red, donde el 57,8 por ciento de los ciudadanos afirma visitar páginas fiables y leer sus políticas de privacidad, cuando según Rallo, los datos reales de empresas gestoras y motores de búsqueda muestran que tan sólo uno de cada 100.000 accede a dichas cláusulas.
"Hay un notable desconocimiento general del entorno de Internet y de los distintos mecanismos que se utilizan (para proteger los datos personales", afirmó.
Esa ignorancia de las políticas de privacidad se produce a pesar de que más del 75 por ciento de los españoles se siente poco o nada seguro al introducir en Internet los datos de su tarjeta de crédito.
En cuanto al conocimiento que tienen de este organismo los ciudadanos - el 46,6 por ciento sabe de su existencia -, Rallo lo considera "satisfactorio", dadas la dimensiones de la Agencia, aunque también "mejorable".
Rallo anunció además la puesta en marcha de dos planes sectoriales de investigación que se desarrollarán a lo largo de 2008 y dedicados a la publicidad y la videovigilancia, una práctica que cuenta con la aprobación del 73 por ciento de los consultados, especialmente en bancos, hospitales, y en menor medida, en guarderías y colegios. Por contra, los lugares donde las cámaras serían peor recibidas son el lugar de trabajo y comunidades de vecinos.
URL:http://es.noticias.yahoo.com/rtrs/20080402/tbs-internet-datos-espana-a0280fe.html
lunes, febrero 11, 2008
Más de 25.000 empresas se beneficiarían con la reforma a la Ley de Hábeas Data


La nueva norma posibilitaría a las personas físicas o compañías, que se endeudaron en el momento de la crisis, acceder nuevamente al crédito quedando liberados de estar informados como deudores. Expertos explican los alcances de la reciente disposición. Cómo rectificar datos erróneos
La reciente modificación a la Ley de Hábeas Data podría beneficiar a 25.015 empresas que se endeudaron entre el año 2001 y 2003.
Sucede que hasta el momento estas compañías se mantienen como deudoras y, por efecto de la nueva ley, dejarían de figurar automáticamente en los asientos de las empresas que prestan información crediticia en caso de pagar sus deudas o regularizarlas en los próximos 180 días.
La importancia de la reforma es significativa: los deudores no alcanzados por la modificación permanecerán dos años más en los registros luego de cancelar sus pasivos, mientras que los morosos beneficiados (aquellos comprendidos entre los años 2000 y 2003) serán blanqueados automáticamente siempre que paguen en las condiciones fijadas en la nueva ley.
Expertos aseguran que la medida será un aliciente para las 25.000 empresas que, de honrar sus deudas, podrían acceder inmediatamente a nuevas líneas de crédito.
El Banco Central comenzará a enviar en estos días las circulares a los bancos y entidades del sistema financiero para que individualicen a quienes cumplan con esta normativa y así se ponga en marcha el blanqueo.
Según la ley 26.343 -que modificó el régimen de Hábeas Data-, “los bancos de datos destinados a prestar servicios de información crediticia deberán eliminar y omitir el asiento en el futuro de todo dato referido a obligaciones y calificaciones asociadas de las personas físicas o jurídicas cuyas obligaciones comerciales se hubieran constituido en mora durante el período comprendido entre el 1º de enero del año 2000 y el 10 de diciembre de 2003”.
Esto es así en tanto y en cuanto “esas deudas hubieran sido canceladas o regularizadas al momento de entrada en vigencia de la presente ley o lo sean dentro de los 180 días posteriores a la misma”.
Roberto Mónaco, presidente de Fidelitas -empresa que brindó los datos- dijo que está de acuerdo con la nueva normativa siempre y cuando el deudor pague y refinancie la deuda.
Aunque Mónaco, que además preside la Cámara de Empresas de Información Comercial (CEIC), consideró que esta reforma tendría que haber salido un tiempo antes, así muchas más empresas podrían haberse beneficiado accediendo al crédito en forma más rápida.
Distintas categorías de morosos
Los bancos, fideicomisos, tarjetas de crédito informan la existencia de la deuda y califican al deudor de 1 a 6 directamente al Banco Central, éste luego publica los datos de los que se nutren las empresas de informes comerciales.
Así, de acuerdo con la gravedad del incumplimiento, se clasifican en: normal, riesgo potencial, con problemas, con alto riesgo de insolvencia, irrecuperable e irrecuperable por disposición técnica.
Cómo salir de los informes
Lo primero que hay que hacer para poder salir de las listas de las empresas de informes comerciales es ejercer el "derecho de acceso", que consiste en que la persona interesada solicite a una de estas empresas que brinde la información que tiene acerca de ella.
Ese derecho está reconocido en la Ley de Hábeas Data y esa información tiene que ser brindada por las empresas en forma gratuita.
Una vez que el interesado obtiene los datos, y para el caso de comprobar que existiere algún error, falsedad o desactualización, tiene el derecho a solicitarle a la empresa de informes comerciales que rectifique, modifique, complete o suprima la información, acreditando el fundamento en el que se basás para exigirlo.
Por ejemplo, si una persona aparece informada por una deuda con un banco o una tarjeta de crédito y tiene en su poder el comprobante de pago, la proveedora de informes tiene que rectificar la información en un plazo máximo de cinco días.
Es importante tener presente que en gran cantidad de casos el error en la información no es responsabilidad de la empresa de informes comerciales sino de la entidad financiera que divulgó esa información, explica Gustavo Tanús, abogado experto en protección de datos personales.
Para el especialista, el objetivo que se propuso el legislador con esta normativa es tratar de ayudar a que la gente que se endeudó en el período de crisis y honró sus deudas pueda acceder nuevamente al crédito, al quedar liberada de la carga que implica estar informado negativamente por una central de información crediticia.
Aunque Tanús aclara que, si se hubiese sancionado antes mucha gente hubiese quedado "limpia" con anterioridad.
Esta ley realmente impacta sobre las personas que se endeudaron entre el período 2000-2003 y cancelaron sus deudas a partir del mes de enero de 2006 o las van a cancelar hasta el mes de julio de 2008, ya que antes de la ley la información referida al pago podía seguir figurando durante dos años, y a partir de la nueva normativa tiene que ser eliminada.
En cambio, agrega Tanús, para las personas que cancelaron sus deudas con anterioridad al mes de enero de 2006, la ley es intrascendente, ya que a la fecha de su sanción ya se habían cumplido los dos años previstos por la norma como derecho al olvido de las deudas canceladas.
Gabriel Martínez Medrano, experto en hábeas data, coincide en que la reforma es positiva y concluye que permite reinsertar al mercado del crédito a las empresas o personas que cayeron en default durante la crisis que sufrió el país.
Daniela San Giovanni
©infobaeprofesional
Fuente: http://www.infobaeprofesional.com/notas/61377-Mas-de-25000-empresas-se-beneficiarian-con-la-reforma-a-la-Ley-de-Habeas-Data.html